Experto abogado de inmigracion responde y aclara ciertas dudas sobre como emigrar legalmente a los Estados Unidos.




Mis amigos recientemente converse con el abogado experto en el tema de inmigracion
James Gagel, de la firma James P. Gagel dicha entrevista fue hecha con el fin de orientar e informar particularmente a la comunidad venezolana en como seria el proceso para emigrar legalmente a los Estados Unidos,los invito a escuchar dicha entrevista y a enviar sus preguntas e inquietudes a la oficina de del abogado James Gagel a : jgagel@jgagel.com
Tambien quiero dejarles con algunos temas que han sido tratados en la oficina del abogado James Gagel,a uds. gracias por la atencion.


Pregunta: Soy una mujer Venezuela de 32 años, actualmente me desempeño como gerente de mercadeo y ventas en una empresa de Caracas que importa repuestos de vehículos desde su sede en los Estados Unidos. Antes trabajé como gerente administrativo de la empresa de mi familia. Mi sueño es trabajar en los Estados Unidos, y tengo acceso a un capital para comenzar mi propio negocio. ¿Cuáles son mis opciones?

Respuesta: Usted tiene cuatro opciones. Primero, se puede establecer una subsidiaria de su empresa familiar, y transferirse aquí como gerente bajo la visa L-1. Se otorga esta visa por un periodo inicial de un año, con un límite de 7 años, y posteriormente se puede solicitar la residencia permanente después que la empresa opere por un año. Si está casada, su esposo puede trabajar libremente para cualquier empresa, o constituir su propia empresa, con la visa L-2. Segundo, su actual empleador puede transferirla a los Estados Unidos para trabajar con la Visa L-1 en su sede allí, o puede pedir su residencia mientras que usted está en Venezuela, si la sede está operando por un año. Tercero, si usted es además ciudadana de un país que tiene tratados de comercio con los Estados Unidos (por ejemplo Italia o España) le corresponde la Visa E-1, si el comercio se basa en intercambio comercial con ese país, o la Visa E-2 si hace una inversión “significativa” en una empresa estadounidense. Se considera “significativa” una inversión de $200,000, aunque inversiones de mucho menos dinero han sido aprobadas. La visa E se renueva mientras existe la empresa, y se convierte a la residencia si se hace la inversión a través de una empresa donde ha sido gerente. La visa E también permite que su esposo trabaje donde quiera. Cuarto, a usted le corresponde la Visa H-1B, la cual se otorga a profesionales con diploma universitario (o su equivalente en experiencia laboral) que cuentan con una oferta de trabajo dentro de su área de especialidad. La ley permite que usted forme su propia empresa, y que esa empresa le ofrezca un trabajo.

Pregunta: En el año 2002, me emitieron en el Consulado USA en Bogotá la visa B1/B2 (Turista/Negocios) con vigencia de diez años, y en el mismo año entré a los Estados Unidos, donde mi dieron seis meses como turista. He quedado aquí trabajando desde entonces. Ahora una cadena de salones de belleza me ofrece un trabajo como administradora, y además esta dispuesta ser ofrece ser mi “sponsor”. Es cierto que puedo obtener mi residencia a través del trámite de Certificación Laboral?

Respuesta: Como dice Julio Iglesias, “A Veces Si, y a Veces no”. Lamentablemente, la respuesta en este momento es no. La Certificación Laboral es un procedimiento en que se pretende determinar que no haya ni residente ni ciudadano americano apto y dispuesto aceptar el trabajo que le están ofreciendo, y luego se permitiría a un extranjero aceptar el empleo y pedir su residencia. El proceso demora hasta tres años. Personas que han contravenido su condición inmigratoria se les prohíbe a solicitar su residencia en los Estados Unidos, y les obliga a obtener sus visas de inmigrante en el exterior. Una vez salido del país, se prohíbe el regreso al presunto inmigrante durante un período de tres o diez años, por haber estado ilegalmente en el país por mas de seis meses, o por mas de año, respectivamente.
Como no ha ceñido a las condiciones de su estadía, no se puede obtener su residencia aquí, y si regresa a su país, se aplicaría la prohibición de reentrar antes mencionado. Hasta el año 2001, existió una ley llamada 245(i) que permitía que personas con una Certificación Laboral pendiente pero que contravinieron su condición inmigratoria solicitaran su residencia en los Estados Unidos si pagaron una multa de mil dólares. Hay personas siguiendo el trámite de Certificación Laboral con la esperanza que esa ley entrará en vigencia de nuevo. Hasta ahora, no hay noticias concretas sobre esta posibilidad.

James P. Gagel, Esq..com
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